Las plantas tienen distintas formas de cobro, para visualizarlas pulse aquí.


La ley 13.927, en su artículo 16, reglamentado por el decreto 4103/95. (Ver leyes).


Los vidrios polarizados están prohibidos por Ley, pero no es motivo de rechazo al
verificar (con exepción del parabrisas). Unicamente se notifica mediante una
observación. Lo que es importante tener en cuenta es que aprobar la verificación no
lo exime de ser multado en la vía pública.
Los vidrios espejados son motivo de rechazo.


El trámite lo puede realizar cualquier persona presentando la documentación requerida
del vehículo y documento personal.


Sí. Le corresponde una multa desde 100 pesos hasta el equivalente a 10 salarios
mínimos municipales, lo cual varía en cada Partido. Orientativamente podemos decir
que puede ascender a 2000 pesos.


No. Si al verificar, el vehículo presenta algún defecto se le dará un plazo de 60 días
corridos para solucionar el problema. Si vuelve dentro de ese plazo, no tiene que volver
a abonar. En caso de excederlo deberá abonar la tarifa completa y hacer la
verificación nuevamente.


Pierde el descuento por tener la VTV vigente. El período de vigencia cuenta a partir
de cuando se realiza la verificación.


Si. En el caso que esté radicado en otra zona se le hará completar una planilla de
Solicitud de Cambio de Zona para realizar la V.T.V. y podrá hacerla en el momento.


Las plantas tienen distintos horarios. Consulte los mismos aquí o por teléfono a cada planta.


No. Está comprobado que los procedimientos efectuados para verificar los vehículos
no afectan en absoluto al mismo.


No es necesario, la obligatoriedad de la V.T.V. es para circular en la vía pública.


Únicamente presentarse en la planta donde realizó la V.T.V., con denuncia o
exposición policial de su pérdida y en el momento, gratuitamente, se le repondrá
la documentación.

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